1.4 La estructura orgánica

Los órganos de dirección de Hacienda Tributaria de Navarra son los siguientes:

  • El Consejo de Gobierno.
  • El Director o Directora Gerente.

El Consejo de Gobierno esta compuesto por:

  • Como Presidente: el Consejero del Departamento de Hacienda y Política Financiera.
  • Como Vocales:
    • El Director Gerente de la Hacienda Tributaria de Navarra.
    • La Directora General del Presupuesto.
    • La Directora General de Función Pública.
    • El Director General de Informática y Telecomunicaciones

El Consejo de Gobierno tiene encomendadas unas funciones de supervisión sobre los presupuestos de HTN y sobre sus principales planes de actuación. Por su parte, a la Gerencia le corresponde la dirección, la gestión ejecutiva, la representación de la entidad, la celebración de contratos, la dirección del personal y otras relacionadas con la actividad cotidiana del organismo.

En 2016 el organigrama que depende de la Gerencia se compone de 9 Servicios y 2 Secciones que dependen directamente de ella. Por su parte, los Servicios se estructuran en las secciones de la forma que se describe en el siguiente gráfico.

Los Servicios de HTN son:

  1. Servicio de Convenio Económico y Planificación Financiera
  2. Servicio de Desarrollo Normativo y Asesoramiento Jurídico
  3. Servicio de Sistemas de Información Tributaria
  4. Servicio de Gestión de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre el Patrimonio
  5. Servicio de Gestión Tributaria
  6. Servicio de Inspección Tributaria
  7. Servicio de Recaudación
  8. Servicio de Riqueza Territorial y Tributos Patrimoniales
  9. Servicio de Asistencia e Información al Contribuyente

Y las dos Secciones que dependen directamente de la Gerencia son:

  • Sección de Administración
  • Sección de Análisis Tributario

Atendiendo a la situación a 31 de diciembre, el único cambio entre la estructura orgánica de los años 2015 y 2016, fue la adscripción de la Sección de los Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones, Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados al Servicio de Riqueza Territorial y Tributos Patrimoniales. Modificación realizada por el Decreto Foral 9/2016, de 24 de febrero.